Reclama con CSO el reconocimiento de las vacaciones retribuidas y no disfrutadas en la hoja de servicios del personal docente valenciano

¡CADA DÍA TRABAJADO CUENTA! ¡RECLAMAMOS QUE NINGÚN PERIODO TRABAJADO QUEDE FUERA DE LA HOJA DE SERVICIOS!

Desde CSO hemos detectado una situación que puede estar afectando a numerosos docentes de la Comunidad Valenciana y que genera un tratamiento desigual en el reconocimiento de los servicios prestados. Desde CSO os proponemos un escrito para iniciar su reconocimiento, pero hay que leer hasta el final.

Nos referimos al cómputo de los periodos correspondientes a las vacaciones retribuidas y no disfrutadas que son abonadas al finalizar un nombramiento o una relación de servicios en los casos de cubrir una sustitución indeterminada y determinada. Estos periodos no se reflejan adecuadamente en la hoja de servicios, pese a tratarse de un derecho generado durante el tiempo efectivamente trabajado. Una vez más, una injusticia que ya ha pasado por el Tribunal Supremo y que la Conselleria de Educación de la Comunidad Valenciana sigue sin aplicar.

En efecto, se trata de una injusticia que ya fue denunciada y juzgada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en su sentencia 324/2024, de 28 de febrero de 2024 en la que da como respuesta que “A la vista de lo expuesto, la respuesta a la cuestión de interés casacional objetivo es que resulta discriminatorio para el personal temporal en relación con el personal fijo que no se compute el tiempo de vacaciones compensadas económicamente como tiempo de servicios prestados”.

A su vez, el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en la Sala de los Contencioso-Administrativo, en su sentencia 85/2026, de 19 de febrero de 2026, ha determinado que las vacaciones liquidadas y no disfrutadas por los docentes interinos deben computar como tiempo de servicios prestados siguiendo la doctrina legal fijada por el Tribunal Supremo en la sentencia citada antes.

Una cuestión que afecta a la carrera profesional docente

La hoja de servicios constituye un documento esencial para acreditar la experiencia profesional del personal docente. Su contenido puede resultar determinante en procedimientos como:

  • Las oposiciones docentes.
  • Los procesos de adjudicación de destinos.
  • Los concursos de méritos.
  • Los concursos de traslados.
  • Otros procedimientos administrativos en los que la experiencia profesional sea objeto de valoración.
  • Reconocimiento y adelantamiento de trienios y sexenios y sus repercusiones económicas.

Cuando el periodo correspondiente a las vacaciones devengadas y no disfrutadas no es tenido en cuenta, pueden producirse diferencias en el tiempo total de servicios reconocidos entre docentes que han generado los mismos derechos laborales.

La posición de CSO

Desde CSO entendemos que todo el tiempo vinculado a la prestación de servicios debe ser objeto de análisis y reconocimiento conforme a la normativa vigente y a los criterios que resulten de aplicación en cada caso concreto.

Por ello, nuestro sindicato ha decidido impulsar una campaña de revisión y reclamación para aquellos docentes que consideren que su hoja de servicios no refleja correctamente los periodos correspondientes a vacaciones retribuidas y no disfrutadas abonadas tras el cese.

Nuestro objetivo es garantizar que ningún docente vea perjudicados sus derechos profesionales por una interpretación restrictiva del cómputo de servicios.

Reclamación

Para comenzar con el proceso, tienes que presentar el documento que te dejamos abajo, una reclamación previa. Es posible que la administración te lo reconozca solo presentando el escrito, pero si no lo hace, aquí entra el beneficio de ser persona afiliada. Con el fin de facilitar la defensa de este derecho, CSO asumirá de forma gratuita la tramitación de estas reclamaciones para todas las personas afiliadas al sindicato: incluido el recurso de alzada si te contestan negativamente y el contencioso-administrativo que hará falta si te contestan negativamente al recurso.

IMPORTANTE: Si presentas la reclamación previa, es MUY relevante que estés atenta/o a la respuesta (que vendrá por la carpeta ciudadana), puesto que ahí te explicitarán los plazos de reclamación. Si se te pasa el plazo, has perdido la acción, no podrás volver a reclamar por este concepto. Por eso es importante iniciar cualquier reclamación asesorado/a por tu sindicato. Puedes contactar con interins@consejosidical.es para cualquier duda o por si quieres hacernos llegar las reclamaciones presentadas.

Los servicios jurídicos de CSO estudiarán individualmente cada situación para determinar la viabilidad de la reclamación y las actuaciones que procedan en defensa de los intereses de la persona afectada.

¿Quién puede estar afectado?

Esta situación puede afectar especialmente al personal docente interino que haya finalizado uno o varios nombramientos durante los últimos años por sustituciones indeterminadas y determinadas y haya percibido la correspondiente compensación económica por vacaciones no disfrutadas.

Si te encuentras en esta situación y deseas comprobar si tu hoja de servicios refleja correctamente todos los periodos que te corresponden, escríbenos a demanda ponte en contacto con tu delegado o delegada sindical de CSO o con nuestros servicios jurídicos.

En CSO seguimos trabajando para garantizar la igualdad de trato, la correcta valoración de la experiencia docente y la defensa efectiva de los derechos de todo el profesorado de la Comunidad Valenciana.

Documento a presentar

Solo tienes que rellenar en el documento el texto marcado en amarillo:

¿DONDE SE PRESENTA? Solicitud general única dirigida a la Conselleria d’Educació, Serveis generals (Avda. Campanar-València): https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=g95565

Recuerda, CSO se financia SOLAMENTE con las aportaciones de su afiliación y de otros trabajadores y trabajadoras, ¡afíliate! Aquí te dejamos el formulario de afiliación: http://consejosindical.es/afiliacion

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